Boletín N° 52

Presentación de demanda de inconstitucionalidad de la Ley 15.007 en sus Arts. 1 y 2

La FACC presentó el 15 de marzo ante la competencia originaria de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la demanda de inconstitucionalidad de la Ley 15.007 en sus artículos 1 y 2, por lesionar el artículo 41 de la Constitución Provincial.

Según esa manda constitucional, el Estado fomenta la organización y desarrollo de cooperativas y les otorga un tratamiento tributario acorde con su naturaleza.

Este reconocimiento se hizo operativo con la Ley 13.360 que establecía la no sujeción del acto cooperativo en el impuesto sobre los ingresos brutos, estatus que fue derogado por la norma cuestionada, que se sancionó por mayoría simple del oficialismo en la Legislatura de la provincia, durante las sesiones extraordinarias de diciembre del año pasado.

La acción de inconstitucionalidad fue acompañada en equivalentes términos por la Cooperativa Obrera Limitada de Consumo y Vivienda, y un grupo de asociados a esta última que se sienten igualmente perjudicados en sus derechos.

La FACC y los demás actores en el proceso son representados por el Dr. Carlos Alberto Andreucci, profesional de reconocida trayectoria en la ciudad de La Plata, en su Universidad, y en el ámbito de la colegiatura profesional nacional e internacional.

El mismo día por la tarde, dirigentes de la FACC y de la Cooperativa Obrera mantuvieron una reunión con el mencionado abogado en Bahía Blanca, donde pudieron interiorizarse de los detalles y fundamentos de la presentación que ya tramita por ante el máximo tribunal de la provincia.

La FACC cuenta con 23 entidades cooperativas asociadas con domicilio social en la provincia de Buenos Aires.


Reunión con legisladores provinciales y funcionarios de Arba

El miércoles 7 de marzo, los representantes de FACC, Cr. Rubén Alfredo Masón, señor Héctor Jacquet y Dr. Alejandro Darío Marinello mantuvieron en la ciudad de la Plata una reunión con el Cr. Juan Luis Catuogno, Jefe de Gabinete de ARBA, en la que también estuvieron presentes un numeroso grupo de gerentes de ese organismo, los diputados Marcelo Daletto, que preside la Comisión de Presupuesto e Impuestos, y Emiliano Balbín, y el Dr. Pablo Nogues, subsecretario provincial de Cooperativas.

En la reunión, promovida por los diputados oficialistas, se analizó la forma en que ARBA reglamentará la exención a las cooperativas establecida por Ley 15.007. que derogó el artículo 1º de la Ley 13.360, que establecía la no sujeción del acto cooperativo en el impuesto sobre los ingresos brutos.

Los representantes de FACC expresaron que la entidad estaba dispuesta a colaborar en lo que fuera necesario para el mejor cumplimiento por parte de las cooperativas del procedimiento que establezca la reglamentación a dictarse, pero reiterando que el movimiento cooperativo considera inconstitucional la nueva norma y se propone accionar en consecuencia ante la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires.

El Jefe de Gabinete de ARBA subrayó que la sanción de la Ley 15.007 no tenía finalidades recaudatorias sino que solamente pretendía crear herramientas para mejorar el control a las cooperativas en una acción complementaria de la que realiza el INAES, pero que no está previsto aplicar el impuesto sobre los ingresos brutos al acto cooperativo. Asimismo destacó que no se trataba de perseguir a las cooperativas genuinas y legalmente constituidas, asegurando que para las ya inscriptas en ARBA el trámite de la exención será muy sencillo.

Se trató de una reunión amable, de casi una hora de duración, en la que nuestros representantes fueron escuchados y donde se volvió a reiterar lo ya expresado por los legisladores de Cambiemos en la Legislatura al sancionarse la Ley 15.007, en el sentido que no se aplicará el impuesto a las cooperativas en las operaciones con sus asociados.


Inaes promueve cooperativas para cuidar ancianos y enfermos

FACC estuvo presenta en una reunión convocada por el INAES donde se informó de un proyecto en marcha del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y del propio organismo, por el que se proponen crear cien cooperativas de trabajo para el cuidado a domicilio de ancianos y enfermos que requieran de cuidados especiales.

La propuesta apunta a crear cooperativas cuyo objeto social sea el cuidado de personas en el término de un año. En principio se pretende que sean cooperativas de trabajo pero se admitirán a cooperativas que ya están funcionando y que quieran incorporar una nueva sección para desarrollar esta actividad social.

Las cooperativas, nuevas o en funcionamiento, que quieran prestar este servicio, contarán con la capacitación que ofrece la Dirección Nacional para Adultos Mayores. También está prevista la creación de un Registro Nacional de Cuidadores Domiciliarios, de manera de transparentar las entidades y personas habilitadas para esta actividad.

Para las cooperativas de trabajo que se constituyan con este fin, la reglamentación exigirá que cuenten con otras cooperativa que las apadrine cuya función será asesorar técnicamente en los trámites administrativos para la obtención de la matrícula y, posteriormente, apoyarla en el funcionamiento de su gestión.

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